Casos · Despido objetivo y automatización

El despido para sustituir a una trabajadora por un robot: qué decidió realmente el juzgado

Un caso de 2019 que sigue apareciendo en búsquedas sobre automatización. Lo actualizamos para separar la resolución concreta de los titulares absolutos sobre «robots que no pueden despedir».

Publicado originalmente: 26/09/2019Revisado: 29/08/2026
Sentencia de instancia · no doctrina general
Resolución: Juzgado de lo Social n.º 10 de Las Palmas de Gran Canaria · 23/09/2019 · proc. 470/2019 · ECLI:ES:JSO:2019:4141.

Qué ocurrió

2006–2018

La trabajadora prestaba servicios como oficial de contabilidad. En 2018 la empresa incorporó un sistema RPA para automatizar tareas de gestión de cobros.

29 de marzo de 2019

Recibió una carta de despido objetivo en la que se invocaban causas técnicas, organizativas y productivas.

23 de septiembre de 2019

El Juzgado de lo Social declaró el despido improcedente al considerar que, en ese caso, la empresa no había acreditado de forma suficiente la causa objetiva alegada y la adecuación de la extinción.

Qué NO significa esta sentencia

No significa que la introducción de tecnología o automatización nunca pueda formar parte de una causa técnica u organizativa. Tampoco es una sentencia del Tribunal Supremo que haya establecido una prohibición general de sustituir tareas humanas mediante automatización.

Es una resolución de un Juzgado de lo Social, susceptible de recurso en el momento en que se dictó. Su valor para explicar un despido objetivo está en recordar que la empresa debe acreditar la causa legal invocada y justificar la medida extintiva en el caso concreto.

La lección útil hoy

Cuando una carta habla de automatización, IA, software o reorganización, la pregunta jurídica sigue siendo la misma: ¿qué causa concreta invoca la empresa, qué hechos y datos la sostienen y por qué la extinción del puesto se conecta con esa causa?

Qué revisar si te despiden por automatización

  • La causa exacta descrita en la carta.
  • La fecha y alcance real de la implantación tecnológica.
  • Qué tareas han desaparecido, cambiado o se han redistribuido.
  • Si existen datos organizativos, productivos o económicos que apoyen la decisión.
  • La indemnización puesta a disposición y demás requisitos formales.
Fuentes y verificación
  • CGPJ / Poder Judicial, nota de prensa de 26/09/2019: «El juez declara improcedente el despido de una trabajadora para poner un robot».
  • Juzgado de lo Social n.º 10 de Las Palmas de Gran Canaria, sentencia de 23/09/2019, proc. 470/2019, ECLI:ES:JSO:2019:4141.
  • Estatuto de los Trabajadores, arts. 52 y 53, en su redacción consolidada vigente.
José Luis Vilaplana
Abogado · Vilaplana Abogados · Revisión jurídica y editorial: 29/08/2026