Estar de baja no prohíbe tener hobbies: lo decisivo es qué actividad haces y por qué
Reescribimos el artículo antiguo a partir de una resolución real: el TSJ de Murcia confirmó en 2025 un despido porque el trabajador no se limitaba a practicar una actividad lúdica, sino que desarrollaba funciones en su propio negocio mientras estaba de baja por ansiedad.
La Sala confirmó el despido disciplinario de un trabajador de baja por ansiedad que actuaba como encargado e instructor en un gimnasio del que era fundador.
La regla no es «si haces algo durante la baja, te pueden despedir»
La incapacidad temporal significa que la persona está temporalmente impedida para su trabajo y recibe asistencia sanitaria. Eso no impone necesariamente reposo absoluto ni convierte cualquier salida, deporte o afición en incumplimiento laboral.
La jurisprudencia exige analizar la enfermedad, las recomendaciones médicas, el tipo de actividad realizada y si esa conducta perjudica la recuperación, evidencia aptitud laboral incompatible con la baja o supone trabajo por cuenta propia o ajena de forma fraudulenta.
Puede ser compatible
Actividad social, lúdica o física recomendada o compatible con la recuperación, siempre que las circunstancias concretas no evidencien simulación ni perjudiquen la curación.
Puede justificar sanción
Trabajo, esfuerzo o actividad incompatible con el cuadro clínico, contraindicado médicamente o revelador de que la persona puede desarrollar una actividad laboral mientras mantiene la IT.
Qué ocurrió en el caso del gimnasio
El TSJ de Murcia destacó que el trabajador no se limitaba a realizar ejercicio para evitar el aislamiento. Según los hechos acreditados, asesoraba a clientes, se identificaba como profesor, impartía clases y desarrollaba funciones vinculadas a un negocio con ánimo de lucro.
La Sala entendió que esas circunstancias excedían el concepto de hobby recomendado durante una baja por ansiedad y confirmaban la transgresión de la buena fe contractual.
Si te despiden por una actividad realizada durante la baja
- Comprueba qué hechos concretos recoge la carta.
- Guarda informes y recomendaciones médicas.
- Revisa cómo se obtuvo la prueba empresarial.
- No des por hecho que una foto o un vídeo demuestran por sí solos fraude.
- Actúa dentro del plazo de impugnación.